Cada 18 de abril, desde el año 2002, celebramos el día de los derechos del paciente. En base a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000, dos años después se redactó en Roma la Carta de los Derechos de los Pacientes al constatarse la enorme disparidad en la cobertura sanitaria para los ciudadanos en los distintos estados miembro de la Unión Europea. Este documento recoge las premisas básicas que deben regir la atención sanitaria en nuestro entorno. Hoy las analizamos para que conozcas al dedillo cuáles son los derechos y deberes en la atención sanitaria en España. Sigue leyendo.
Las bases de los derechos del paciente en España
Estas son las normas básicas que recogen los derechos del paciente en nuestro país, en base a la ya mencionada Carta Europea de los Derechos de los Pacientes.
- Los pacientes tenemos el derecho a recibir una atención sanitaria integral para nuestros problemas de salud, dentro de un funcionamiento eficiente de los recursos disponibles.
- La personalidad y dignidad humana del paciente debe ser respetada sin ser discriminado por razones de tipo social, económico, moral o ideológico. Esto implica que toda persona, con independencia de su origen y situación personal debe ser atendida con total profesionalidad por parte de los especialistas sanitarios.
- La confidencialidad de su información y de todo el proceso médico debe quedar asegurada para el paciente, incluyendo el secreto de su estancia en centros sanitarios. Esta información solo será revelada en el caso de exigencias legales o en situaciones en las que resulte imprescindible para el bien público.
- Los pacientes deben recibir información completa y continuada, tanto verbal como escrita, de todo lo relativo a su proceso. Esto incluye el diagnóstico, alternativas al tratamiento, así como sus riesgos y pronósticos. Debe facilitársele en un lenguaje comprensible. Si el paciente no pudiese recibir esta información, se le suministraría a sus familiares o personas legalmente responsables.
- Derecho a elegir libremente entre las opciones presentadas por el responsable médico. Además, es siempre imprescindible su consentimiento previo a la administración de un tratamiento, salvo en los siguientes escenarios:
- Cuando la urgencia no permita demoras.
- No aceptar y seguir el tratamiento supone un riesgo para la salud pública.
- El paciente no está capacitado para tomar decisiones. En este caso, el derecho de elección se traslada de forma inmediata a sus familiares o personas responsables.
- El paciente puede negarse a recibir un tratamiento, con las salvedades de los puntos destacados anteriormente.
- Debe asignársele un médico, cuyo nombre deberá conocer, y que ejercerá como interlocutor con el equipo de profesionales. En situaciones de ausencia de su facultativo, otro deberá asumir su responsabilidad.
- La historia clínica del paciente, todo su proceso y las pruebas realizadas deben estar recogidas por escrito.
- No se realizarán investigaciones, experimentos o ensayos clínicos en el paciente sin informarle previamente sobre su finalidad, metodología y riesgos. Además, deberá firmar una autorización por escrito para someterse a estas pruebas. Las actividades docentes requerirán, del mismo modo, el consentimiento expreso del paciente.
- Los pacientes tenemos derecho al correcto funcionamiento de los servicios sanitarios y administrativos y unas condiciones específicas de higiene, seguridad, alimentación, habitabilidad y respecto a la intimidad.
- La hospitalización debe incidir lo mínimo posible en las relaciones personales y sociales de los pacientes. Por lo tanto, el régimen de visitas será lo más amplio posible, así como los accesos a los medios y sistemas de comunicación y ocio.
- Los cauces formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y comunicaciones con las instituciones deben estar explicitados y ser explicados al paciente de forma comprensible. Las organizaciones están obligadas a facilitarle una respuesta por escrito.
- Los pacientes podrán causar alta voluntaria por escrito según su voluntad, con excepción de los casos en los que afecte a la seguridad pública.
¿Quién vela por los derechos del usuario en la sanidad española?
Para garantizarnos a los ciudadanos el pleno acceso a nuestros derechos como pacientes existen distintas organizaciones e instituciones a nivel estatal cuyo objetivo es proteger al usuario. Entre los más destacados encontramos a la
Alianza General de Pacientes (AGP), la Plataforma de Organizaciones de Pacientes (POP) y el Foro Español de Pacientes. También existen distintas agrupaciones en el ámbito comarcal y local que, día a día, resuelven dudas, analizan el estado de la cobertura sanitaria en nuestro país y atienden a las necesidades de los pacientes que necesitan guía y consejo en su uso del sistema sanitario.
Internet, además, se ha convertido en una herramienta habitual en el colectivo médico español y, por extensión, también entre los ciudadanos. A través de distintas plataformas, muchas de ellas vinculadas de forma directa a las redes sociales, el paciente contrasta informaciones, solicita documentación o expone su problemática en el uso diario de instalaciones y servicios médicos. La posibilidad de sentirse parte de un colectivo con intereses y necesidades comunes fomenta que los internautas compartan experiencias, denuncien situaciones contrarias a la ley y hagan visibles los retos y oportunidades de la sanidad española.
Los deberes del paciente en nuestro país
Por nuestra parte, como ciudadanos, cuando acudimos a la consulta de un profesional, existe una serie de premisas que debemos tener en cuenta y que se convertirán en nuestros deberes como pacientes. Aunque vistas en perspectiva puedan parecernos normas básicas de ciudadanía, nunca está demás recordar cuáles son y porqué debemos regirnos por ellas.
- Tratar con el máximo respeto a todos los profesionales médicos y hospitalarios implicados en la gestión de nuestra salud. Esto es especialmente importante en un momento en el que las agresiones al personal sanitario generan titulares de forma recurrente.
- La responsabilidad de nuestra propia salud, en cuanto a hábitos de vida saludables y seguimiento de las pautas y recomendaciones médicas, recae en nosotros, los ciudadanos. No podemos descargarnos de ella y supeditarla a la labor de los profesionales. Esto implica que debemos seguir las pautas, tratamientos y cuidados que nos han sido prescritos.
- Dejar constancia por escrito de las decisiones sobre nuestra salud. Ello incluye firmar de forma informada la documentación de consentimientos médicos, altas voluntarias y todos los formularios previstos según la ley española.
- Respetar e incentivar el cumplimiento de las prácticas generales de naturaleza sanitaria que son comunes a la población. Al igual que respetar las medidas sanitarias para la prevención de riesgos, de amenazas contra la salud pública y, dentro de nuestras posibilidades, colaborar para implementarlas.
- Usar correctamente los servicios e instalaciones médicos y hospitalarios, siguiendo las indicaciones del personal autorizado y las normas allí establecidas.
- Facilitar siempre información leal y verdadera sobre nuestro estado físico y mental, así como sobre nuestro historial clínico a los profesionales sanitarios. Esto redundará en una mejor atención a nuestras necesidades y circunstancias personales.
Como ciudadano, ¿crees que otros derechos y deberes deberían añadirse a esta lista? Déjanos un comentario y compártelo con nosotros.